Universitat Oberta de Catalunya

Ignasi Labastida

Ignasi Labastida estudió Física en la UB. Sus líneas de investigación son el reconocimiento óptico de imágenes y la holografía. Desde el año 2003, lidera el proyecto Creative Commons en Cataluña y España.

Creative Commons nace en 2001. ¿Cómo y por qué surge este proyecto?

Creative Commons nace en 2001 como consecuencia del caso Eldred que llevó al tribunal supremo de los EEUU la extensión de los derechos de autor porque se creía que era inconstitucional. El tribunal supremo desestimó el caso, pero el grupo de gente que defendió el dominio público decidió organizar CC. Las licencias se presentaron el 16 de diciembre de 2002.

¿Cómo funcionan las Creative Commons?

Las licencias son unos textos legales que permiten a cualquier autor autorizar determinados usos de su obra bajo unas condiciones y unos requerimientos. El autor autoriza a priori y lo que no está en la licencia hay que pedirlo. Es una alternativa a “todos los derechos reservados”. Para utilizar una licencia no hay que pedir permiso ni hacer ningún trámite, sólo indicarlo en la obra mediante el nombre de la licencia, el enlace y el icono correspondientes. El uso de las licencias es gratuito.

¿Puede un creador con una obra bajo Creative Commons obtener beneficios económicos? ¿Cómo?

Cualquier autor puede obtener beneficios de su obra porque mantiene los derechos, no los cede a nadie, sólo los autoriza. Reservándose o no los usos comerciales puede buscar la manera de obtener un beneficio directo o indirecto de su obra.

¿Usar una licencia Creative Commons quiere decir rechazar la propiedad intelectual de la obra?

No, las licencias se basan en la propiedad intelectual. Sin derechos de propiedad intelectual no serían necesarias, ya que el autor no debería autorizar nada porque no tendría reconocidos ningún derecho.

¿Qué es lo que el usuario debe hacer para licenciar una obra bajo Creative Commons?

Lo principal es que sea el autor y el titular de los derechos. Puede ser autor y no titular si los ha cedido; en este caso no puede asignar una licencia, sino que debería pedir permiso al nuevo titular. Sólo es necesario indicar el tipo de licencia y ya está.

En algún momento se habló de licencias Creative Commons para educación; sin embargo, finalmente se abandonó la idea. ¿Por qué?

La idea surgió, surge y surgirá. El principal problema para una licencia “educativa” es determinar qué elementos debería incorporar. Algunas instituciones abogan por reservarse los usos comerciales, otras la posibilidad de generar obras derivadas y finalmente otras quisieran limitar el uso al ámbito académico sin tener en cuenta las nuevas formas de aprendizaje autónomo. Como no es posible llegar a un acuerdo, se desestima tener una única licencia para educación. Sin embargo desde los movimientos de los recursos abiertos se empieza a apostar por la licencia menos restrictiva (CC BY).

¿Qué licencia se recomienda para los recursos educativos en abierto?

Desde CC no se hace ninguna recomendación oficial, aunque sería lógico permitir la generación de obras derivadas par su posible adaptación a las necesidades de cada educador. La restricción para usos comerciales es uno de los temas de debate en el movimiento de los recursos educativos abiertos así como la cláusula copyleft.

¿Es posible crear recursos nuevos a partir de otros que tienen diferentes licencias Creative Commons?

Sí, siempre que no tengamos problemas de compatibilidad en los requerimientos de las licencias. En la obra original deberíamos tener siempre una licencia que permitiera obras derivadas y en función de los requerimientos deberíamos mantener la licencia. Además, siempre podemos utilizar obras ajenas o fragmentos en determinadas condiciones, como la cita o la ilustración de la enseñanza independientemente de la posible licencia que lleven asociadas.

Sobre el futuro de las licencias Creative Commons, ¿se actualizarán a corto plazo como la GPL? ¿Lo ves necesario?

Actualmente tenemos la versión 3.0. Durante estos diez años se han actualizado tres veces y estamos actualmente en un proceso de debate sobre la posible versión 4.0. La necesidad de crear una nueva versión surge básicamente por la solicitud de algunas instituciones internacionales para poder utilizar una licencia no adaptada a ninguna jurisdicción que sea lo más neutra posible. Actualmente existe este conjunto de licencias, pero los términos utilizados en los textos legales siguen demasiado la jerga legal de EEUU.

Creative Commons está pensada para que el autor especifique él mismo la licencia. ¿Qué papel juega el editor entonces?

Quien debe especificar la licencia es el autor, pero también puede ser el titular de los derechos. Un editor puede acordar con un autor la publicación de una obra mediante una determinada licencia y mantener su rol. Un editor también puede seleccionar materiales con licencias abiertas y crear nuevas obras o nuevos productos con valor añadido.


Cita recomendada: MINGUILLÓN, Julià y PÉREZ, Beatriz. Ignasi Labastida. Mosaic [en línea], mayo 2012, no. 97. ISSN: 1696-3296. DOI: https://doi.org/10.7238/m.n97.1222.

Ignasi Labastida

Doctor en Física por la Universitat de Barcelona (UB). Jefe de la Oficina de Difusión del Conocimiento del CRAI de la UB. Responsable del proyecto Creative Commons en España desde desde el inicio hasta 2003. Miembro de la asociación europea Communia a favor del Dominio Público y del consejo de directores del Consorcio OCW.